AYUDAS A REHABILITACIÓN EDIFICIOS Y VIVIENDAS ASTURIAS

¡¡Estamos en los últimos días del plazo para solicitarlas!! Porque no ha sido casualidad que el plazo convocado sea del 2 de agosto al 1 septiembre

En Abogados &Asesores la Calzada seguimos al pie del cañón en agosto……si han realizado obras en su comunidad o preven realizarlas están aun a tiempo, consúltenos y se las tramitaremos.

¿Cuál es el objeto de la subvención?

Obtener ayudas económicas destinadas a la financiación de obras de rehabilitación de edificios y viviendas.

¿Qué requisitos implican?

  1. Viviendas unifamiliares:

◦ Estar finalizados antes de 1996.

◦ Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.

◦ Disponer de Informe de Evaluación de Edificios con fecha anterior a la solicitud de la ayuda.

 

  1. Edificios de tipología residencial colectiva:

Estar finalizados antes de 1996.

◦ Que, al menos, el 50% de las viviendas constituyan domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.

◦ Que, al menos, el 70% de la superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.

◦ Disponer de Informe de Evaluación de Edificios con fecha anterior a la solicitud de la ayuda.

◦ Disponer del acuerdo de la junta de propietarios de la Comunidad o Agrupación de Comunidades, con desglose del coste de la obra por vivienda.

  •  Las obras deberán iniciarse o estar iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2018 y no haber recibido subvenciones por el mismo objeto en convocatorias anteriores.
  • Cuando el importe del coste de la obra supere los 40.000 euros, el beneficiario deberá presentar al menos tres ofertas de diferentes proveedores. Quedan exceptuadas de este requisito las obras iniciadas con anterioridad a la publicación de las bases.
  • Las subvenciones para obras cuyo plazo de ejecución supere el 1 de noviembre de 2018 serán objeto de distribución plurianual en la resolución de concesión.
  • Todas las actuaciones incluirán, a efectos de determinar el coste total:

◦ Los honorarios profesionales.

◦ El coste de redacción de los documentos técnicos y certificados necesarios, excluido el Informe de Evaluación de Edificios.

◦ Gastos derivados de la tramitación administrativa.

◦ Otros gastos generales, debidamente justificados.

*No se incluirán impuestos, tasas y tributos.

Se incrementaran en un 25% las ayudas a beneficiarios mayores de edad y menores de 35 anos en el momento de la solicitud, cuando las actuaciones se realicen en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Si están interesados en que les tramitemos las subvenciones llámennos al 985 32 54 31 de 9 a 15 horas, pasen por nuestras oficinas  de Calle Domingo Juliana nº 2-1º o envíennos un email a: info@asesoreslacalzada.es

-Admon Fincas La Calzada-

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